Cómo y dónde aparcar una furgoneta o vehículo de empresa
Aparcar un coche de empresa o una furgoneta tiene algunas peculiaridades, dependiendo de la zona y la ciudad en la que se haga. Si aparcamos en un espacio libre, es decir, donde el estacionamiento no está restringido por algún motivo (zona verde o azul, zona de carga o descarga, o algún otro), un coche o una furgoneta de empresa no tiene más limitaciones que encontrar el sitio adecuado y estacionar de forma segura. Lo mismo sucede si lo hacemos en las zonas verdes o azules que tienen algunas ciudades: con un coche una furgoneta de renting tendremos que pagar el ticket correspondiente, como cualquier otro vehículo. Eso sí, los vehículos con etiqueta cero no tienen que pagar, mientras que los que disfrutan del distintivo medioambiental ECO de la DGT lo hacen con una tarifa reducida. Para el resto de las etiquetas, o para los vehículos que no disponen de ella, el precio del estacionamiento en las zonas verdes y azules es variable, dependiendo de múltiples factores.
También es necesario saber que para poder acceder a las zonas de bajas emisiones (ZBE) de las ciudades con coches con etiquetas B y C (que no sean residentes o no transporten a personas con movilidad reducida) sin ser multados, habrá que estacionar el vehículo en un parking de rotación. Sólo los residentes, personas con movilidad reducida, vehículos Eco o Cero Emisiones, transporte público, taxis y VTC y servicios de urgencia pueden circular libremente por el centro de las ciudades y estacionar en las plazas de las zonas SER.
Si somos residentes en zonas de estacionamiento regulado, podemos obtener el distintivo de la zona verde de un coche de renting o de empresa, aunque este no está a nuestro nombre. Y es que, además de para vehículos propiedad de las personas residentes, las ordenanzas de movilidad de los ayuntamientos prevén que los vehículos en los que una empresa sea el titular del vehículo también puedan obtener esta tarjeta.
Otra duda frecuente en el renting de una furgoneta de renting mixta es si puede estacionar en las zonas de carga y descarga. La respuesta es no, pues solo están habilitadas para vehículos de reparto que realmente estén realizando esas tareas. Además, una furgoneta solo puede entrar en las zonas ZBE de las ciudades si está inscrita en el registro correspondiente y lo hace en las horas habilitadas para cada caso.