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Ventajas fiscales de vehículos eléctricos para autónomos

El futuro de la movilidad está en los coches eléctricos y en las ventajas asociadas a este tipo de desplazamientos. Aparte de los beneficios medioambientales que supone esta reducción en la huella de carbono, las ventajas fiscales del coche eléctrico permiten a los autónomos mejorar la rentabilidad de sus negocios.  

¿Cuáles son los beneficios fiscales del coche eléctrico?

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Si utilizas el coche como parte esencial de tu actividad profesional, la inversión en un vehículo eléctrico puede suponer un cambio importante en la gestión de los gastos. Aparte del ahorro en combustible y en mantenimiento, esta alternativa ofrece otros beneficios desde el punto de vista de las obligaciones tributarias.   

Con carácter general, las principales ventajas fiscales de los coches eléctricos son:

  • Exención del impuesto de circulación y bonificaciones en el pago del impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM) de carácter municipal.
  • Ayudas estatales y autonómicas para la adquisición o renting de coches eléctricos (como la esperada ampliación del Plan Moves III).
  • Deducciones de la cuota en el Impuesto de Sociedades, el IRPF y el IVA de hasta el 100 % (el porcentaje se calcula en función del tipo de vehículo y del grado de afección con la actividad profesional o empresarial).
  • Exención del pago de tasas municipales por el estacionamiento libre e ilimitado en zonas verdes y azules (dependerá de la normativa de cada Ayuntamiento).

Ventajas fiscales del renting para autónomos

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Los autónomos que opten por la opción del renting de vehículos eléctricos v también podrán beneficiarse de las ventajas anteriormente descritas. El acceso a las ayudas estatales y autonómicas quedará justificado con el preceptivo contrato de renting.

Pero entre los beneficios fiscales del renting para autónomos que utilicen el coche como herramienta de trabajo existe otra particularidad: la deducción de las cuotas en el IRPF e IVA. La deducción del gasto depende del grado de afectación del vehículo a la actividad empresarial o profesional (puede llegar al 100 % de las cuotas cuando se trate de un vehículo para uso exclusivo en el trabajo)

Existe la obligación de justificar qué tipo de uso se le da al vehículo en caso de que la Agencia Tributaria así lo requiera.

 

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